Detalles del caso
Un militar destinado en Melilla ha recibido una condena de tres meses y un día de prisión por haber viajado a Málaga sin la debida autorización mientras se encontraba de baja médica. Este hecho, que ocurrió en mayo de 2025, ha sido calificado como un delito de abandono de residencia por el Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla, y su fallo ha sido confirmado por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.
Contexto de la baja médica
El soldado, quien cuenta con 30 años de trayectoria en el Ejército de Tierra, estaba de baja desde febrero de 2025 debido a un problema de espalda. Esta baja finalizaba el 5 de mayo, pero el mismo día inició otra baja médica que se extendería hasta julio por un diagnóstico diferente. A pesar de su situación, el 7 de mayo decidió viajar de Melilla a Málaga en barco, permaneciendo en la ciudad andaluza hasta el 11 de mayo, es decir, cuatro días sin autorización.
Rechazo de los argumentos de defensa
Al apelar la sentencia, el soldado argumentó que no estaba fuera de disponibilidad, sin embargo, esta afirmación fue desestimada por los magistrados del Supremo. Los jueces señalaron que es contradictorio sostener que alguien que no está en su residencia puede estar disponible para cumplir con sus servicios. Además, enfatizaron que el soldado tenía plena conciencia de la obligación de residir en Melilla durante su baja médica y de que requería permiso para ausentarse.
Postura de la Fiscalía
La Fiscalía también se mostró en desacuerdo con la defensa del militar, calificando como «inverosímil» su alegato de desconocimiento sobre la necesidad de informar a sus superiores acerca de su salida de Melilla. Argumentaron que, dada su experiencia y formación como profesional de las Fuerzas Armadas, el soldado debía estar plenamente informado sobre la normativa que regula las bajas médicas.
Según información de EFE, la sentencia destaca la existencia de dolo, lo que refuerza la decisión del tribunal en cuanto a la condena impuesta al soldado.



